La reforma busca que la salida del mercado laboral pueda ser más gradual y que quienes ya han accedido a una pensión tengan más margen para reincorporarse voluntariamente a una actividad profesional.
La nueva jubilación flexible amplía el espacio entre trabajar a tiempo completo y retirarse por completo
Qué cambia desde el 28 de agosto
La Seguridad Social establece que la jornada compatible debe estar comprendida entre el 33% y el 80% de la jornada a tiempo completo comparable. La cuantía de la pensión se ajusta en función del tiempo trabajado, de modo que empleo y prestación conviven de manera proporcional.
La regulación también abre la puerta a determinados supuestos de trabajo por cuenta propia, siempre que se cumplan las condiciones previstas en la norma y que la persona pensionista no hubiera estado de alta como autónoma en los tres años inmediatamente anteriores al hecho causante de la pensión.
Qué conviene revisar antes de solicitarla
La decisión debe partir de cuatro elementos: porcentaje de jornada, salario previsto, parte de la pensión compatible y efectos futuros sobre la prestación. También conviene revisar el convenio colectivo y las condiciones de la empresa antes de acordar la reincorporación.
| Clave | Nueva jubilación flexible |
|---|---|
| Jornada mínima | 33% |
| Jornada máxima | 80% |
| Entrada en vigor | 28 de agosto de 2026 |
| Objetivo | Compatibilizar empleo y pensión de forma gradual |
La prolongación voluntaria de la vida laboral gana peso en una economía con plantillas cada vez más maduras
Una herramienta para empresas y profesionales
Para las compañías, la nueva fórmula puede ayudar a conservar conocimiento, preparar relevos y diseñar transiciones profesionales menos abruptas. Para los trabajadores, ofrece más opciones para combinar ingresos, pensión y actividad, aunque cada caso requiere revisar su situación personal y las condiciones aplicables.
